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Consumo de suplementos y ayudas ergonutricionales
en el colectivo deportivo y su regulación

 

*Programa de Tecnificación para el Triatlón. Universidad de Alicante

**Asesoramiento Científico-Técnico para la Planificación Deportiva. NUTRIAKTIVE

Profesor de Fisiología del Esfuerzo y Nutrición Deportiva

Centro Público para la Enseñanza de Deportes, KIROLENE. Gobierno Vasco

(España)

José Miguel Martínez-Sanz*

josemiguel.ms@ua.es

Aritz Urdampilleta**

aritzurdampi@hotmail.com

 

 

 

 

Resumen

          El consumo de suplementos y ayudas ergonutricionales en el colectivo deportivo cada vez es mayor. A su vez, se observa que más que el 60% de los practicantes de deportes utilizan suplementos, antes de contratar servicios de un nutricionista o concienciarse de la importancia de una dieta adecuada e hidratación como objetivos prioritarios como ayudas ergonutricionales en el deporte. A veces, su uso sin prescripción de un nutricionista o médico deportivo, puede llevar a tener efectos secundarios y en consecuencia riesgos para la salud. Es por ello que los estudios concluyen en la necesidad de diseños de educación alimentaria y estrategias adecuadas en la mejora de las prácticas de suplementación de los deportistas. Por otra parte, a escala de la Unión Europea (UE) no se han establecido requisitos específicos en materia de composición o etiquetado, lo que conlleva a afirmar la escasa regulación y necesidad de control en la industria de productos deportivos, pudiéndose considerar un problema de salud pública, y que por tanto, los deportistas se encuentran desprotegidos ante su consumo.

          Palabras clave: Suplementos nutricionales. Deporte. Hábitos de consumo.

 

 
EFDeportes.com, Revista Digital. Buenos Aires, Año 17, Nº 175, Diciembre de 2012. http://www.efdeportes.com/

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Introducción

    Hay investigadores e instituciones internacionales que el uso de suplementos en el deporte consideran que puede llegar a ser un problema para la salud pública, ya que los deportistas son una población que realiza un gran consumo de suplementos y constituyen el principal objetivo de la industria que los produce (Burke, 2010; ADA, 2009).

    Desde el supermercado, tiendas de deportes, Internet, entre otros, se puede acceder a un importante número de productos que afirman prolongar la resistencia, acelerar la recuperación, reducir la grasa corporal, disminuir los riesgos de enfermedad o lograr objetivos que mejoran el rendimiento deportivo (Molinero, 2009).

Hábitos sobre la suplementación deportiva

    Estas afirmaciones son muy atractivas para los deportistas y entrenadores en las competiciones de elite, puesto que hay pequeñas diferencias que separan a los ganadores del resto de los participantes. Un claro ejemplo es en Estados Unidos, donde más de 150 millones de residentes utilizan suplementos dietéticos, rechazan el tratamiento médico convencional en favor del uso de suplementos (Denham, 2011).

    Por otra parte, la encuesta realizada sobre hábitos deportivos en España (2010), hace una mención sobre el uso de suplementos ergonutricionales, como medio para la mejora del rendimiento de la práctica de actividad física y deportiva, sin ser necesariamente dopantes y/o prohibidos. Se estima que aproximadamente 360.000 personas que practican algún tipo de actividad física o deportiva, consumen suplementos dietéticos. Se trata de una población respetable, que nos orienta estadísticamente sobre la dimensión empírica del uso de estas sustancias, que va más allá de los hábitos alimentarios usuales.

Figura 1. Muchos de los deportistas se decantan en utilizar suplementos nutricionales, sin antes afinar y perfeccionar la máximo cuestiones 

dietético-nutricionales, que llevados bien a cabo, es el mejor recurso para aumentar el rendimiento deportivo además de ser el más barato

    Otros estudios realizados, cuyos objetivos eran valorar el consumo de estos suplementos en el ámbito deportivo, como por ejemplo el estudio de Lun en 2009 en 215 deportistas de rendimiento (114 hombres y 201 mujeres de 21,3±13 años), observo que sobrepasaban las ingestas recomendadas de micronutrientes entre un 134-680% debido al uso de suplementos.

    Otro estudio llevado a cabo en triatletas de ultra-resistencia (24 hombres y 13 mujeres), mostraba que el 60% de los sujetos usaban suplementos de vitaminas (principalmente vitamina C, E y multivitamínicos) sin asesoramiento de un profesional, además de que no hay evidencia de posible deficiencia de estas dos vitaminas (Knez, 2010). La investigación sobre las prácticas de suplementación en 113 atletas nacionales (atletismos, futbol, natación, ciclismo, bádminton y karate) de Sri-Lanka (De Silva, 2010), identificaba que el 94% de los sujetos consumían aproximadamente 4 suplementos dietéticos/día para la mejora del rendimiento deportivo (79%) o estado de salud (19%), entre los que destacan multivitamínicos, vitamina E, calcio, creatina, comida y bebidas energéticas (mezcla de proteínas e hidratos de carbono).

Figura 2. Los estudios alegan que la toma de vitaminas incontrolada en los deportistas no está justificada a no ser que haya una carencia dietético-nutricional 

o una fase en la que por falta de recursos alimentarios la situación lo requiera. Así, por ejemplo en el alpinismo en una expedición a 8000m cuando los alpinistas están más 

que 4 semanas, a gran altitud con grande desgaste metabólico-muscular y con recursos energético-nutricionales limitados por falta de infraestructura en esas condiciones

    Resultados similares de consumo se hallaron en una reciente publicación (Lun, 2012), así como en otra realizada en 72 deportistas de 7 deportes (kayak, hockey, remo, waterpolo, natación, atletismo y baloncesto), que además de los suplementos mencionados anteriormente, también consumían cafeína, proteínas y hierro por motivos de rendimiento deportivo y aumento de las necesidades de estos debido al entrenamiento intenso (Dascombe, 2010).

    Los estudios concluyen en la necesidad de diseños de educación alimentaria y estrategias adecuadas en la mejora de las practicas de suplementación de los deportistas (Lun, 2009), además de que el consumo de estos aumenta con la edad (Heikkinen, 2011).

    Todo ello conlleva a pensar que, estas ayudas pueden tener un coste económico elevado y ser potencialmente peligrosas para la salud, basando sus beneficios, en un escaso o nulo apoyo científico. Esto debe ser motivo de preocupación para los profesionales de la salud.

    Se ha observado que la toma de hierro farmacológico en ciertos deportistas puede estar más que justificado, en deportes de larga duración, que haya un gran impacto contra el pavimento como sucede en el atletismo de fondo o el colectivo de las mujeres, ya que estas tienen pérdidas añadidos de hierro a través de la menstruación. Según Mari Carmen Gómez Carrera como bien dice en sus tesis doctoral (2007) la toma de vitaminas antioxidantes durante la competición y fases intensas de entrenamiento no está justificada, ya si tomamos suplementos cuando el propio organismo está generando naturalmente sus propios mecanismos antioxidantes enzimáticos, le acostumbramos mal, y en consecuencia genera suficiente mecanismos antioxidantes naturales (Gómez-Cabrera, 2007). Es por ello, cualquier toma de vitaminas antioxidantes, estaría justificada, si el ejercicio es muy extenuante (de larda duración, entrenamientos en altitud, en estado de dietas hipocalóricas y mucha carga de entrenamiento), pero siempre la toma debería de ser en periodos de descanso o transición.

    La evidencia actual muestra que pocas sustancias han demostrado mejorar el rendimiento deportivo, como la creatina, cafeína, el bicarbonato sódico, suplementos dietarios líquidos, bebidas y barras deportivas, entre otros. También se ha evidencia do que los aminoácidos ramificados, pueden ser de utilidad para la mejora de la recuperación muscular en deportes de ultrafondo y que haya gran impacto, así como en algunos deportes de impacto, pero su toma durante la actividad física-deportiva no mejora el rendimiento deportivo, como lo pueden hacer las bebidas isotónica so toma de azucares simples mediante geles concentrados.

Tabla 1. Ayudas ergonutricionales que se les ha alegado científicamente aumento de rendimiento deportivo (elaboración propia).

*No evidencia suficientemente fuerte, para alegar que aumenta el rendimiento.

**Prevendría una posible anemia ferropénica, especialmente en deportes de larga duración, cuando el deporte es 

de gran impacto o en las mujeres deportistas de resistencia y especialmente cuando están con la menstruación.

    No obstante, en los últimos años la B-alanina, el nitrato y arginina (precursores del óxido nítrico) se ha hecho popular, pero resulta difícil considerarlos si no hay suficiente evidencia (Molinero, 2009) aunque parece ser que serán los próximos suplementos que pueden entrar dentro de las ayudas ergonutricionales con fuerte evidencia científica. Estos suplementos han sido evaluados por la European Food Safety Authority (EFSA, 2011), mediante la publicación de opiniones científicas en torno a declaraciones de salud aplicables a sustancias y productos relacionados con la alimentación y la nutrición deportiva. El Instituto Australiano Del Deporte (IAD), ha realizado una clasificación de los suplementos según su nivel de evidencia, para su uso en situaciones específicas en los deportistas.

Regulación de la industria de los alimentos

    En la actualidad, los deportistas se enfrentan a un problema con la sociedad, que muchas veces no comprende el motivo por el que tienen que consumir complementos alimenticios y productos adaptados a un intenso desgaste muscular. En esta problemática no sólo se encuentran involucradas las personas que quieren comprar y consumir dichos productos, sino que, además, la peor parte se la llevan los fabricantes, distribuidores, importadores y comercializadores de los mismos.

¿Cuántas veces ha intentado comercializar un producto y se lo han denegado? ¿Por qué en otros países de la Unión Europea sí están permitidos?

    Con la entrada en vigor del RD 1712/1991sobre el Registro General Sanitario de Alimentos, los preparados alimenticios para regímenes dietéticos y/o especiales, deben ser inscritos conforme a los datos que figuren en el modelo de etiquetado que acompañe a la notificación que debe realizarse en el momento de su primera comercialización.

    Los preparados alimenticios para regímenes especiales y/o dietéticos, están regulados por el RD 2685/1976 de 16 de octubre. En su anexo (modificado por RD 1444/2000) se recogen los grupos de productos alimenticios destinados a una alimentación especial para los que se establecerán disposiciones específicas mediante Reglamentaciones Técnico-Sanitarias.

    De estos productos, aquellos que hasta el momento no dispongan de normativa específica, como es el caso, entre otros, de los Productos para Deportistas deberán ser inscritos en el Registro. En algunos casos, la legislación es confusa, pero en otros muchos casos, no existe ninguna normativa específica que los regule. Así, no hay una normativa armonizada; hay ingredientes que en otros países están permitidos, mientras que aquí, en España, está prohibida su adición, o cuando menos, al no estar regulados, no se permite su inclusión en la composición de Preparados Alimenticios para Deportistas.

    El caso más claro es la adición de edulcorantes. ¿Cómo puede ser que estemos autorizados a llevar en el bolsillo un sobrecito de sacarina para añadirlo en el café o en el yogurt y no se pueda añadir a los preparados para deportistas? ¿Por qué productos alimenticios como el Cola-Cao Light o las bebidas refrescantes bajas en calorías sí que pueden? Es evidente que todas estas situaciones crean mucha confusión a nivel de regulación de productos para los deportistas.

    Más suerte parecían tener los denominados Complementos Alimenticios. Con la esperada entrada en vigor del RD 1275/2003 de 10 de octubre, se pensó que este tipo de productos iban a estar bien regulados, pero... no ha sido así. A pesar de que en dicho Real Decreto se establecen las cantidades máximas permitidas para Vitaminas y Minerales, hay una gran diferencia entre lo que puede ser comercializado en otros países de la UE y España. Un claro ejemplo es la Vitamina C, cuya cantidad máxima diaria permitida en España es de 60 mg, mientras en otros países se alcanza la cantidad de 1000 mg.  

    Está claro que existe una necesidad de regulación de la industria y control de calidad de los productos para asegurar de que contienen los ingredientes enumerados, la cantidad indicada, así como garantizar la ausencia de sustancias nocivas (como los compuestos prohibidos por las normas antidopaje que se han asociado conmorbilidades y mortalidades significativas.), ya que su valor, contenido y calidad, son dudosos. Y es por ello que ser estrictos nos asegura de productos nocivos.

    A su vez, es importante conocer la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte, aprobadas por el Consejo Superior de Deportes para el año 2012 (BOE, 30 de noviembre de 2011), con el objeto de garantizar la ausencia de sustancias nocivas en los suplementos tomados por los deportistas.

    El pasado 31 de julio de 2012, la Agencia Española de Seguridad Alimentaria informo a las Autoridades competentes de las Comunidades Autónomas, de la presencia de 1,3 dimetilamina en los suplementos alimenticios comercializados para deportistas JACK 3D, LIPO 6 BLACK y HEMO- RAGE. Esta sustancia es un estimulante del Sistema Nervioso Central relacionado con la anfetamina no autorizado para formar parte de suplementos alimenticios (causa de doping) y está asociada al aumento de la tensión sanguínea, náuseas/vómitos, derrames cerebrales, infarto o incluso la muerte. Es de destacar que se pueden hallar bajo la etiqueta de “suplementos dietéticos”, productos que pueden contener sustancias incluidas en las listas oficiales de productos dopantes (como el caso anterior mencionado).

    Como hemos comentado anteriormente, a nivel de regulación, el RD 1809/1991 (legislación española), y la Directiva 2009/39/CE, vertebran la elaboración y comercialización de los productos alimenticios destinados a una alimentación especial, en la que incluyen los destinados al desempeño deportivo, pero esta fue derogada y siguen rigen por el Reglamento (CE) n° 1924/2006. El reglamento (CE) nº 953/2009 y reglamento nº 1161/2011, establecen la lista de sustancias permitidas consideradas “datos científicos reconocidos a: vitaminas, minerales, aminoácidos, L-carnitina, taurina, nucleótidos, colina e inositol, ingredientes muy utilizados en la elaboración de productos dietéticos para deportistas y de dudosa o nula utilidad en la mejora del rendimiento deportivo.

Figura 3. Sustancias permitidas para el desempeño deportivo: vitaminas, minerales, aminoácidos, L-carnitina, taurina, nucleótidos, colina e inositol. Ingredientes utilizados

 para productos dietéticos para deportistas, pero estas no están demostradas que aumentan el rendimiento deportivo, y tampoco son necesarios para el colectivo deportivo.

    A escala de la Unión Europea (UE) no se han establecido requisitos específicos en materia de composición o etiquetado, lo que conlleva a afirmar la escasa regulación y necesidad de control en la industria de productos deportivos, pudiéndose considerar un problema de salud pública, y que por tanto, los deportistas se puede decir que se encuentran desprotegidos ante su consumo.

Referencias bibliográficas

  • American Dietetic Association (ADA), Dietitians of Canada, and the American College of Sports Medicine: Nutrition and Athletic Performance. J Am Diet Assoc. 2009; 109:509-27.

  • Burke L. Nutrición en el deporte: un enfoque práctica. Madrid: Médica panamericana; 2010.

  • Dascombe BJ, Karunaratna M, Cartoon J, Fergie B, Goodman C. Nutritional supplementation habits and perceptions of elite athletes within a state-based sporting institute. J Sci Med Sport. 2010; 13:274-80.

  • Denham BE. Dietary Supplements—Regulatory Issues and Implications for Public Health. JAMA. 2011; 306:428-9.

  • De Silva A, Samarasinghe Y, Senanayake D, Lanerolle P. Dietary supplement intake in national-level Sri Lankan athletes. Int J Sport Nutr Exerc Metab. 2010; 20:15-20.

  • Dimetilamilamina (Sitio en Internet). Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), Disponible en:http://www.aesan.msc.es/AESAN/web/notas_prensa/dimetilamina.shtml. Acceso 31 de julio de 2012.

  • Directiva 2009/39/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de mayo de 2009, relativa a los productos alimenticios destinados a una alimentación especial. DOUE. 20/5/2009; 124:21-29.

  • European Food Safety Authority (EFSA). Scientific Opinion on the substantiation of health claims related to â-hydroxy â-methylbutyrate monohydrate (HMB) alone or in combination with á-ketoisocaproic acid (KIC) and reduction of muscle tissue damage during exercise (ID 1577, 1584), increase in lean body mass (ID 1579, 1582, 1583), increase in muscle strength (ID 1578, 1583, 1587), increase in endurance performance (ID 1580, 1581), skeletal muscle tissue repair (ID 1586) and faster recovery from muscle fatigue after exercise (ID 1576, 1585) pursuant to Article 13(1) of Regulation (EC) No 1924/2006. EFSA Journal 2011; 9:2227.

  • García Ferrando M, Llopis Goig R. Ideal democrático y bienestar social. Encuesta sobre los hábitos deportivos en España 2010. Centro de Investigaciones Sociológicas y Consejo Superior de Deportes [serie en Internet]. 2011 Oct un [citado 1 Sep 2012]; [270 p.]. Disponible en: http://www.csd.gob.es/csd/estaticos/dep-soc/encuesta-habitos-deportivos2010.pdf

  • García O, Cancela JM, Oliveira E, Mariño R. ¿Es compatible el máximo rendimiento deportivo con la consecución y mantenimiento de un estado saludable del deportista? RICYDE. 2009; 14: 19-31.

  • Heikkinen A, Alaranta A, Helenius I, Vasankari T. Use of dietary supplements in Olympic athletes is decreasing: a follow-up study between 2002 and 2009. J Int Soc Sports Nutr. 2011;8:1.

  • Knez WL, Peake JM. The prevalence of vitamin supplementation in ultraendurance triathletes. Int J Sport Nutr Exerc Metab. 2010; 20:507-14.

  • Lun V, Erdman KA, Reimer RA. Evaluation of nutritional intake in Canadian high-performance athletes. Clin J Sport Med. 2009; 19:405-11.

  • Molinero O, Márquez S. Use of nutritional supplements in sports: risks, knowledge, and behavioural-related factors. Nutr Hosp. 2009;24:128-134.

  • REGLAMENTO (CE) No 1924/2006 DEL Parlamento Europeo Y Del Consejo de 20 de diciembre de 2006 relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos. DOUE. 30/12/2006; 404:9-25.

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