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La Educación Física en el sistema 

educativo español: evolución y desarrollo

 

*Maestros especialistas en Educación Física

**Licenciados en Educación Física

(España)

 
Francisca Gasco Fernández* | Manuel García Vílchez*

Rosa María Martínez Valera* | Oscar Quevedo Ojeda*

Francisco Javier Carmona del Jesús* | Pedro Jesús Rascón López*

Asensio Romero Campos** | Gabriel Ruiz Salido**

Claudio García González*

theturist@hotmail.com

 

 

 

Resumen

          Este artículo analiza la evolución en la enseñanza de Educación Física y el curriculum en España desde las primeras propuestas de preparación que han recibido los profesores de Educación Física con la creación del primer centro especializado de capacitación docente , claves de su evolución desde mediados del siglo XIX hasta La Ley de Ordenación General del Sistema Educativo de 1990 que encomienda la enseñanza de la Educación Física en educación primaria a maestros especialistas en el área de Educación Física y que se desarrolla a través de un Real Decreto de 30 de agosto de 1991, estableciendo el título universitario oficial de Maestro en la especialidad de Educación Física y legislación para la formación del profesorado de educación Física hasta nuestros días.

          Palabras clave: Educación. Legislación. Sistema educativo. Historia. Educación Física. España.

 
http://www.efdeportes.com/ Revista Digital - Buenos Aires - Año 13 - Nº 129 - Febrero de 2009

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1.     Introducción

    La Educación Física permite desarrollar habilidades de competencia recreativa en los niños y adolescentes, de manera que estos tengan los mecanismos para mantenerse activos durante toda su vida. Los beneficios y efectos a largo plazo de la actividad física son fuertes argumentos para que exista un programa organizado de Educación Física en los escolares.

    Cuanta más atención se ponga en los centros educativos a la regularidad y variedad en la práctica de la Educación Física tanto mayor y más duraderos serán sus efectos sobre el funcionamiento del cuerpo humano. La práctica regular de actividad física conjuntamente con buenos hábitos alimentarios puede ayudar a evitar o retardar la manifestación de las enfermedades cardiovasculares, la diabetes tipo 2, la osteoporosis, el cáncer de colon, sobrepeso y obesidad.

2.     Evolución de la Educación Física en España

    La formación de profesores de Educación Física ha ido tradicionalmente a remolque de disposiciones legislativas que declaraban obligatoria la materia, pero no preveían los medios necesarios para la formación de los maestros. Esta imprevisión del Gobierno en formar profesores ha perjudicado a la Educación Física. En muchas ocasiones se ha tenido de recurrir a personas sin titulación o con una titulación inadecuada.

    Con este trabajo se pretende conocer a grandes rasgos cuál ha sido la evolución de la educación física en el marco legislativo español.

    Hubo que esperar hasta mediados del siglo XIX para que la Educación Física (Gimnástica) comenzara a aparecer en los planes de estudio. El Gobierno liberal crearía la Escuela Central de Profesores de Gimnástica en Madrid (de 1883 a 1892), transmitiéndose una Educación Física de orientación militar basada en la escuela francesa y alemana.

    La reforma más significativa fue originada por la Ley de Educación Física de 1961, que reconocería sus enseñanzas, buscando una modernización de los estudios y la homologación futura de materias con el Instituto Nacional de Educación Física (INEF).

    Los siguientes centros civiles serían la Escuela Nacional de Educación Física de "San Carlos", creada en 1933 y la Academia de Educación Física de la Generalidad de Cataluña, fundada en 1936.

    Durante el franquismo la Educación Física se encuadró en las instituciones del Movimiento, y los encargados de impartirla se preparaban en las Academias Nacionales del Frente de Juventudes (ANJA).

    A partir del curso 1964-1965 la ANJA se organizaría en tres secciones: Magisterio, Dirigentismo Juvenil y Educación Física. La sección correspondiente a esta última pasaría a llamarse Escuela Superior de Educación Física de la ANJA.

    La Ley de Educación Física de 1961 encomendaba a la Escuela Nacional "Julio Ruiz de Alda" la tarea de formar al profesorado femenino del INEF, a la vez que reconocía la validez de todas las titulaciones expedidas por la Escuela Central de Educación Física del Ejército, Academia Nacional de Mandos “José Antonio”, Escuela Nacional "Julio Ruiz de Alda”, y Centros dependientes del Ministerio de Educación Nacional.

    El INEF fue creado por la Ley 77/1961. Apostó desde el principio por la especificidad. Su actividad académica comenzó en 1967 con unos planes de estudio de cuatro años.

    El Real Decreto 790/1981 planteaba una nueva regulación de los INEF, donde podía elaborar su propio plan de estudios siguiendo las directrices marcadas por la Orden de 16 de julio de 1981, que contemplaba la carga académica y las asignaturas obligatorias.

    A finales de los ochenta el curriculum de los nuevos INEF que se van creando se adapta a las nuevas demandas sociales, evolucionando tímidamente hacia otros horizontes profesionales.

    El Real Decreto 1423/1992 de 27 de noviembre autorizaría al Gobierno para adecuar las enseñanzas cursadas en los INEF a lo establecido en la Ley de Reforma Universitaria de 1983.

    Poco después, el Real Decreto 1670/1993 establecería las directrices generales propias de unos nuevos planes de estudio, en base a las cuales los diferentes centros elaborarían los respectivos planes.

    La Educación Física ha estado presente, en mayor o menor medida, en casi todos los planes de estudio del curriculum de formación de maestros, pero es a partir de 1989 cuando comienza a establecerse la especialidad de Educación Física en las Escuelas Universitarias de Formación del Profesorado de EGB prevista en la Ley de la Cultura Física y el Deporte de 1980.

    Este Real Decreto ha servido para mitigar la heterogeneidad de los planes de estudio entre las diferentes Escuelas, pero ésta ha seguido existiendo y los criterios para la elaboración del curriculum no siempre han sido los óptimos.

3.     La Educación Física en el sistema educativo actual

    Se entiende por currículum el conjunto de objetivos, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada uno de los niveles, etapas, ciclos, grados y modalidades del sistema educativo que regulan la práctica docente”, por tanto, a fin de clarificación terminológica, podemos decir que el concepto de currículum es el equivalente actual a lo que tradicionalmente se ha denominado programación y, con la definición del Ministerio, se marca para todo el territorio nacional una postura oficial en torno al currículum educativo en general y al de la EDUCACIÓN FÍSICA en particular, que se configura con los elementos curriculares que responden a los siguientes interrogantes:

  1. Para qué enseñar: Objetivos.

  2. Qué Enseñar: Contenidos.

  3. Cuándo enseñar: Ordenación, secuenciación de objetivos y contenidos, ciclos y cursos (temporalización).

  4. Cómo enseñar: Actividades. Metodología y Recursos.

  5. Qué, cómo y cuándo evaluar: Evaluación.

    Después de señalar las premisas básicas para desarrollar la acción docente y esbozar los elementos curriculares, hemos de hacer mención a los tres NIVELES DE CONCRECIÓN CURRICULAR marcados por el legislador para el desenvolvimiento del proceso de enseñanza-aprendizaje (Zagalaz, 2002):

  1. Diseño Curricular Base (DCB). Es el primer nivel de concreción, corresponde al establecido por el Ministerio de Educación y Ciencia, que optó por un modelo de currículum abierto, es decir que sobre los mínimos establecidos por el propio Ministerio para todo el territorio nacional, se irán aplicando sucesivas concreciones, a cargo de las oportunas instancias, hasta llegar la contextualización definitiva del currículum al aula, adaptándose por las distintas Comunidades Autónomas con competencias en Educación. Incluye, objetivos generales de etapa y de ciclo, áreas curriculares y sus objetivos generales, y objetivos terminales. Precisa, por tanto, qué enseñar, cómo enseñar y cómo evaluar, aunque la flexibilidad que le caracteriza permite al profesorado elaborar su propia programación de aula.

  2. Proyecto Curricular de Centro (PCC). Segundo nivel de concreción, emitido por el Centro Escolar en función del DCB, recoge objetivos básicos y prioritarios, funcionamiento, metodología, contenidos, instalaciones, profesorado, alumnado y necesidades educativas.

  3. Programación de Aula (PA). Tercer nivel de concreción, responsabilidad del equipo didáctico y del profesor o profesora, consiste en la planificación de actividades y tareas, selección de modelos didácticos y elaboración de materiales, que darán como resultado una programación adecuada, apoyada en los elementos curriculares.

    Y elaboración de materiales, que darán como resultado una programación adecuada, apoyada en los elementos curriculares.

Nivel de Concreción

Agente Responsable

Función

Denominación

Primero

La Administración Educativa a través del MEC y de las Comunidades Autónomas con competencias educativas y de sus respectivos equipos de expertos.

Definición y formulación en forma de capacidades de las conductas generales correspondientes a una etapa educativa y a cada una de sus áreas curriculares.

Objetivos generales de Etapa.

Objetivos generales de área.

Segundo

Equipos docentes de un centro educativo concreto (Claustro, Departamento, coordinación de ciclo, etc.)

Contextualización de los objetivos en el centro y en la etapa, ciclo y nivel educativo a través de las fuentes:

Análisis del contexto.

Objetivos prescriptivos

Otros materiales curriculares

Objetivos de ciclo.

Objetivos de nivel

(recogidos en el PCC)

Tercero

Profesores de aula

Contextualización de los objetivos y concreción de conductas observables que los alumnos han de lograr al final de la unidad didáctica.

Objetivos didácticos.

Cuadro nº 1. Esquema de elementos curriculares. Chinchilla y Zagalaz, 2002

3.1.     Elementos Curriculares básicos

    Veremos a continuación, los diferentes elementos curriculares básicos que configuran el currículum de la materia en la educación primaria:

  1. Objetivos y Competencias.

  2. Contenidos.

  3. Metodología.

  4. Evaluación.

  5. Atención a la Diversidad.

I.     Objetivos y competencias

    En el nuevo marco legislativo de la LOE se establecen en el Artículo 17 los objetivos de la Educación Primaria, La educación primaria contribuirá a desarrollar en los niños y niñas las capacidades que les permitan:

  1. Conocer y apreciar los valores y las normas de convivencia, aprender a obrar de acuerdo con ellas, prepararse para el ejercicio activo de la ciudadanía y respetar los derechos humanos, así como el pluralismo propio de una sociedad democrática.

  2. Desarrollar hábitos de trabajo individual y de equipo, de esfuerzo y responsabilidad en el estudio, así como actitudes de confianza en sí mismo, sentido crítico, iniciativa personal, curiosidad, interés y creatividad en el aprendizaje.

  3. Adquirir habilidades para la prevención y para la resolución pacífica de conflictos, que les permitan desenvolverse con autonomía en el ámbito familiar y doméstico, así como en los grupos sociales con los que se relacionan.

  4. Conocer, comprender y respetar las diferentes culturas y las diferencias entre las personas, la igualdad de derechos y oportunidades de hombres y mujeres y la no discriminación de personas con discapacidad.

  5. Conocer y utilizar de manera apropiada la lengua castellana y, si la hubiere, la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma y desarrollar hábitos de lectura.

  6. Adquirir en, al menos, una lengua extranjera la competencia comunicativa básica que les permita expresar y comprender mensajes sencillos y desenvolverse en situaciones cotidianas.

  7. Desarrollar las competencias matemáticas básicas e iniciarse en la resolución de problemas que requieran la realización de operaciones elementales de cálculo, conocimientos geométricos y estimaciones, así como ser capaces de aplicarlos a las situaciones de su vida cotidiana.

  8. Conocer y valorar su entorno natural, social y cultural, así como las posibilidades de acción y cuidado del mismo.

  9. Iniciarse en la utilización, para el aprendizaje, de las tecnologías de la información y la comunicación desarrollando un espíritu crítico ante los mensajes que reciben y elaboran.

  10. Utilizar diferentes representaciones y expresiones artísticas e iniciarse en la construcción de propuestas visuales.

  11. Valorar la higiene y la salud, aceptar el propio cuerpo y el de los otros, respetar las diferencias y utilizar la educación física y el deporte como medios para favorecer el desarrollo personal y social.

  12. Conocer y valorar los animales más próximos al ser humano y adoptar modos de comportamiento que favorezcan su cuidado.

  13. Desarrollar sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los demás, así como una actitud contraria a la violencia, a los prejuicios de cualquier tipo y a los estereotipos sexistas.

  14. Fomentar la educación vial y actitudes de respeto que incidan en la prevención de los accidentes de tráfico.

    Capacidades que se traducen en una serie de competencias. El currículo de la educación primaria deberá incluir, de acuerdo con lo recogido en el Anexo I del Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, al menos, las siguientes competencias básicas:

  1. Competencia en comunicación lingüística, referida a la utilización del lenguaje como instrumento de comunicación oral y escrita, tanto en lengua española como en lengua extranjera.

  2. Competencia de razonamiento matemático, entendida como la habilidad para utilizar números y operaciones básicas, los símbolos y las formas de expresión del razonamiento matemático para producir e interpretar informaciones y para resolver problemas relacionados con la vida diaria y el mundo laboral.

  3. Competencia en el conocimiento y la interacción con el mundo físico y natural, que recogerá la habilidad para la comprensión de los sucesos, la predicción de las consecuencias y la actividad sobre el estado de salud de las personas y la sostenibilidad medioambiental.

  4. Competencia digital y tratamiento de la información, entendida como la habilidad para buscar, obtener, procesar y comunicar la información y transformarla en conocimiento, incluyendo la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación como un elemento esencial para informarse y comunicarse.

  5. Competencia social y ciudadana, entendida como aquélla que permite vivir en sociedad, comprender la realidad social del mundo en que se vive y ejercer la ciudadanía democrática.

  6. Competencia cultural y artística, que supone apreciar, comprender y valorar críticamente diferentes manifestaciones culturales y artísticas, utilizarlas como fuente de disfrute y enriquecimiento personal y considerarlas como parte del patrimonio cultural de los pueblos.

  7. Competencia y actitudes para seguir aprendiendo de forma autónoma a lo largo de la vida.

  8. Competencia para la autonomía e iniciativa personal, que incluye la posibilidad de optar con criterio propio y espíritu crítico y llevar a cabo las iniciativas necesarias para desarrollar la opción elegida y hacerse responsable de ella. Incluye la capacidad emprendedora para idear, planificar, desarrollar y evaluar un proyecto.

    En relación con el sistema Educativo Andaluz la LEY 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (LEA) establece en su Artículo 4, los Principios del sistema educativo andaluz. El sistema educativo andaluz, guiado por la Constitución y el Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como por los principios del sistema educativo español establecidos en el artículo 1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, se fundamenta en los siguientes principios:

  1. Formación integral del alumnado en sus dimensiones individual y social que posibilite el ejercicio de la ciudadanía, la comprensión del mundo y de la cultura y la participación en el desarrollo de la sociedad del conocimiento.

  2. Equidad del sistema educativo.

  3. Mejora permanente del sistema educativo, potenciando su innovación y modernización y la evaluación de todos los elementos que lo integran.

  4. Respeto en el trato al alumnado, a su idiosincrasia y a la diversidad de sus capacidades e intereses.

  5. Promoción de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres en los ámbitos y prácticas del sistema educativo.

  6. Convivencia como meta y condición necesaria para el buen desarrollo del trabajo del alumnado y del profesorado, y respeto a la diversidad mediante el conocimiento mutuo, garantizándose que no se produzca segregación del alumnado por razón de sus creencias, sexo, orientación sexual, etnia o situación económica y social.

  7. Reconocimiento del pluralismo y de la diversidad cultural existente en la sociedad actual, como factor de cohesión que puede contribuir al enriquecimiento personal, intelectual y emocional y a la inclusión social.

  8. Autonomía, participación, responsabilidad y control social e institucional, como elementos determinantes del funcionamiento y la gestión de los centros docentes.

    Además y de acuerdo con el Decreto 230/2007, de 31 de julio, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la educación primaria en Andalucía y en su artículo 4.Objetivos. La educación primaria contribuirá a desarrollar en el alumnado los saberes, las capacidades, los hábitos, las actitudes y los valores que les permitan alcanzar, además de los objetivos enumerados en el artículo 17 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, los siguientes:

  1. Desarrollar la confianza en sí mismo, el sentido crítico, la iniciativa personal, el espíritu emprendedor y la capacidad para aprender, planificar, evaluar riesgos, tomar decisiones y asumir responsabilidades.

  2. Conocer y valorar el patrimonio natural y cultural y contribuir activamente a su conservación y mejora, entender la diversidad lingüística y cultural como un valor de los pueblos y de los individuos y desarrollar una actitud de interés y respeto hacia la misma.

  3. Conocer y apreciar las peculiaridades de la modalidad lingüística andaluza en todas sus variedades.

  4. Conocer y respetar la realidad cultural de Andalucía, partiendo del conocimiento y de la comprensión de Andalucía como comunidad de encuentro de culturas.

II.     Contenidos

    Coll y cols. (1992: 13), citado por Contreras (1998: 158), afirma que los contenidos designan un conjunto de saberes o formas culturales cuya asimilación y apropiación por el alumnado se considera esencial para su desarrollo y socialización. Los contenidos se presentan en forma de conceptos, procedimientos y actitudes:

  • Conceptos: Los contenidos conceptuales (saber) suponen el conocimiento global de la materia que sobrepasa la práctica de actividad física para lograr la comprensión racional y propia del cuerpo humano desde la vivencia individual. Ejemplo: saber tomarse las pulsaciones y realizar la operación matemática que dará el resultado, facilita el control de la salud después de un ejercicio de resistencia aeróbica.

  • Procedimientos: Configuran el saber de tipo práctico (saber hacer) tan acorde con la EDUCACIÓN FÍSICA. Un procedimiento es un conjunto de acciones o formas de actuar encaminadas a conseguir un objetivo. Conllevan el manejo correcto de instrumentos y del propio cuerpo, de manera que el alumnado realice su ejecución motriz de forma eficaz. Ejemplo: si se conocen distintos tipos de ritmos, será más fácil adecuar los pasos a ellos en un determinado baile o sencilla coreografía.

  • Actitudes: Se puede definir la actitud como la predisposición que un sujeto tiene sobre una cuestión o acción determinada, que le obliga a actuar de un modo concreto. Ejemplo: miedo a jugar a voleibol porque en alguna ocasión ha recibido un impacto del balón.

    Los contenidos vienen expresados en las diferentes áreas. De acuerdo con lo establecido en de la LOE los tres ciclos de la Educación Primaria se organizan en las áreas que a continuación se relacionan, teniendo en cuenta el enfoque globalizador e integrador que debe caracterizar esta etapa:

  1. Conocimiento del medio natural, social y cultural.

  2. Educación Artística.

  3. Educación Física.

  4. Lengua castellana y Literatura.

  5. Lenguas Extranjeras.

  6. Matemáticas.

    Los centros docentes incluirán el área de Educación para la ciudadanía y los derechos humanos, en la que se prestará especial atención a la igualdad entre hombres y mujeres, en el primer curso del tercer ciclo de la etapa.

    Por otro lado, de acuerdo con la ORDEN DE 10 DE AGOSTO DE 2007, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la educación primaria en Andalucía y en su artículo 2. Componentes del currículo. 1. Las competencias básicas de la educación primaria son las establecidas Anexo I del Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen enseñanzas mínimas de la educación primaria, y en el artículo 6.2 del Decreto de 31 de julio. Los objetivos, contenidos, y criterios de evaluación para cada una de las áreas de conocimiento de la educación primaria son los establecidos en el Anexo II del Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, y en el Anexo I de la presente Orden en el que se establecen las enseñanzas que son propias de la Comunidad Autónoma. 4. Los contenidos propios de la Comunidad Autónoma de Andalucía versarán sobre el tratamiento de la realidad andaluza en sus aspectos geográficos, económicos, sociales, históricos y culturales, así como sobre las contribuciones de carácter social y científico que mejoran la ciudadanía, la dimensión histórica del conocimiento y el progreso humano en el siglo XXI.

    Además se señala en esta Orden que el currículo propio de Andalucía incluye, además, como características peculiares que impregnan todas sus áreas o ámbitos, aspectos relacionados con:

  1. La igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres. El currículo permitirá apreciar la contribución de las mujeres al desarrollo de nuestra sociedad y al conocimiento acumulado por la humanidad.

  2. La diversidad cultural en todos los ámbitos de la vida política y social.

  3. El uso de las tecnologías de la información y de la comunicación. Los medios tecnológicos son hoy día herramientas esenciales para enseñar y aprender, por lo que su presencia debe ser habitual en los procesos de enseñanza y aprendizaje. En este sentido, la adopción de medidas para el impulso de la sociedad del conocimiento y, en particular, la apuesta por la introducción de las TIC en el ámbito educativo, constituyen una importante contribución de carácter social en Andalucía que debe aprovecharse para la mejora de los procesos de enseñanza y aprendizaje en general.

  4. El fortalecimiento del respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y los valores que preparan al alumnado para asumir una vida responsable en una sociedad libre y democrática. El ejercicio responsable de estos derechos y deberes comportará una preparación para los retos de una sociedad cambiante que requiere ciudadanos y ciudadanas dispuestos a una convivencia basada en el respeto mutuo y en la cultura de paz y no-violencia, capaces de reconocer y respetar las diferencias culturales y que rechacen todo tipo de discriminación por razón de nacimiento, de capacidad económica o condición social, de género, de raza o de religión.

  5. La adquisición de hábitos de vida saludable y deportiva, la capacitación para decidir entre las opciones que favorezcan un adecuado bienestar físico, mental y social, para sí y para los demás, la educación vial, la educación para el consumo, la salud laboral, el respeto al medio ambiente, la utilización responsable del tiempo libre y del ocio y el fomento de la capacidad emprendedora del alumno.

III.     Metodología

    La metodología, teniendo en cuenta el Decreto 230/2007, de 31 de julio, y en su Artículo 7 se centrará en las siguientes Orientaciones metodológicas:

  1. Los centros docentes elaborarán sus propuestas pedagógicas para esta etapa desde la consideración de la atención a la diversidad y del acceso de todo el alumnado a la educación común. Asimismo, arbitrarán métodos que tengan en cuenta los diferentes ritmos de aprendizaje del alumnado, favorezcan la capacidad de aprender por sí mismo y promuevan el trabajo en equipo.

  2. La metodología didáctica en esta etapa educativa será fundamentalmente activa y participativa, favoreciendo el trabajo individual y cooperativo del alumnado en el aula e integrará en todas las áreas referencias a la vida cotidiana y al entorno inmediato del alumnado.

  3. Asimismo, se asegurará el trabajo en equipo del profesorado, con objeto de proporcionar un enfoque multidisciplinar del proceso educativo, garantizando la coordinación de todos los miembros del equipo docente que atienda a cada alumno o alumna en su grupo.

  4. En el proyecto educativo y en las programaciones didácticas se plasmarán las estrategias que desarrollará el profesorado para alcanzar los objetivos previstos en cada área, así como la adquisición por el alumnado de las competencias básicas.

IV.     Evaluación

    En relación con la evaluación, en el Decreto 230 se expresa: 

  1. Por Orden de la Consejería competente en materia de educación se establecerá la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, que será continua y global y tendrá en cuenta el progreso del alumno o alumna en el conjunto de las áreas del currículo 

  2. La evaluación se llevará a cabo teniendo en cuenta los diferentes elementos del currículo. 

  3. Los criterios de evaluación de las áreas serán referente fundamental para valorar el grado de adquisición de las competencias básicas. La evaluación se llevará a cabo por el profesorado, preferentemente a través de la observación continuada de la evolución del proceso de aprendizaje de cada alumno o alumna y de su maduración personal. 

  4. En el contexto del proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno o alumna no sea el adecuado, se establecerán medidas de refuerzo educativo. Estas medidas se adoptarán en cualquier momento del ciclo, tan pronto como se detecten las dificultades y estarán dirigidas a garantizar la adquisición de los aprendizajes imprescindibles para continuar el proceso educativo. 

  5. Asimismo, la Consejería competente en materia de educación establecerá la obligación de los maestros y maestras de evaluar tanto los aprendizajes del alumnado como los procesos de enseñanza y su propia práctica docente. En el Artículo 12. Promoción del alumnado se señala: 

    1. Al finalizar cada uno de los ciclos, y como consecuencia del proceso de evaluación, el equipo docente a que se refiere el artículo 19.1 adoptará las decisiones correspondientes sobre la promoción del alumnado. 

    2. El alumnado accederá al ciclo o a la etapa siguiente siempre que se considere que ha alcanzado el desarrollo correspondiente de las competencias básicas y el adecuado grado de madurez. Se accederá, asimismo, siempre que los aprendizajes no alcanzados no impidan seguir con aprovechamiento el nuevo ciclo o etapa. En este caso, el alumnado recibirá los apoyos necesarios para recuperar dichos aprendizajes. 

    3. Cuando no se cumplan las condiciones señaladas en el apartado anterior, el alumno o alumna permanecerá un año más en el mismo ciclo. Esta medida se podrá adoptar una sola vez a lo largo de la educación primaria y deberá ir acompañada de un plan específico de refuerzo o recuperación. Los centros docentes organizarán ese plan de acuerdo con lo que, a tales efectos, establezca la Consejería competente en materia de educación. 

    4. La decisión sobre la promoción del alumno o la alumna al ciclo o etapa siguiente será adoptada de forma colegiada por el equipo docente, oídos el padre, la madre o los tutores legales. Para la adopción de la decisión se tomará especialmente en consideración la información y el criterio del profesor o profesora tutor. 

    5. Con el fin de garantizar la continuidad del proceso de formación del alumnado, cada alumno o alumna dispondrá al finalizar la etapa de un informe sobre su aprendizaje, los objetivos alcanzados y las competencias básicas adquiridas. Dicho informe será elaborado por el equipo docente, de acuerdo con lo que, a tales efectos, establezca por Orden la Consejería competente en materia de educación. Por último y en el Artículo 13. Evaluación de diagnóstico se indica: 

      1. El alumnado, al finalizar el segundo ciclo de la educación primaria, realizará una evaluación de diagnóstico de las competencias básicas alcanzadas, de conformidad con lo que establezca por Orden la Consejería competente en materia de educación. Esta evaluación no tendrá efectos académicos para el alumnado y tendrá carácter formativo y orientador para los centros docentes e informativo para las familias y para el conjunto de la comunidad educativa. La Consejería competente en materia de educación proporcionará a los centros docentes los modelos y apoyos pertinentes, a fin de que en todos ellos se puedan realizar de modo adecuado estas evaluaciones. 

      2. Los centros docentes utilizarán los resultados de estas evaluaciones para, entre otros fines, organizar, en el tercer ciclo de la educación primaria, las medidas de refuerzo para los alumnos y alumnas que las requieran, dirigidas a garantizar que todo el alumnado alcance las correspondientes competencias básicas. Asimismo, estos resultados permitirán, junto con la evaluación de los procesos de enseñanza y la práctica docente, analizar, valorar y reorientar, si procede, las actuaciones desarrolladas en los dos primeros ciclos de la etapa.

V.     Atención a la diversidad

    En relación con la Atención a la diversidad el Artículo 14 del Decreto 230 expone: Con objeto de hacer efectivos los principios de educación común y atención a la diversidad sobre los que se organiza el currículo de la educación primaria, los centros docentes adoptarán las medidas de atención a la diversidad, tanto organizativas como curriculares, que les permitan, en el ejercicio de su autonomía, una organización flexible de las enseñanzas y una atención personalizada al alumnado en función de sus necesidades. Artículo 15. Medidas. 1. Los centros docentes dispondrán de autonomía para organizar las medidas de atención a la diversidad, entre las que podrán considerar la realización de agrupamientos flexibles y no discriminatorios, los desdoblamientos de grupos, el apoyo en grupos ordinarios, los programas y planes de apoyo, refuerzo y recuperación y las adaptaciones curriculares.

    Por último es necesario hacer referencia al horario de organización escolar según la ORDEN DE 10 DE AGOSTO DE 2007, donde se puedes observar que la Educación Física pierde jornada lectiva.

4.     La Educación Física en la Educación Primaria

    De acuerdo con el Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la educación primaria la enseñanza de la Educación Física tendrá como objetivos contribuir a desarrollar en los alumnos y alumnas las capacidades que se expresan en los apartados siguientes.

  1. Conocer y valorar su cuerpo y la actividad física como medio de exploración y disfrute de sus posibilidades motrices, de relación con los demás y como recurso para organizar el tiempo libre.

  2. Apreciar la actividad física para el bienestar, manifestando una actitud responsable hacia uno mismo y las demás personas y reconociendo los efectos del ejercicio físico, de la higiene, de la alimentación y de los hábitos posturales sobre la salud.

  3. Utilizar sus capacidades físicas, habilidades motrices y su conocimiento de la estructura y funcionamiento del cuerpo para adaptar el movimiento a las circunstancias y condiciones de cada situación.

  4. Adquirir, elegir y aplicar principios y reglas para resolver problemas motores y actuar de forma eficaz y autónoma en la práctica de actividades físicas, deportivas y artístico-expresivas.

  5. Regular y dosificar el esfuerzo, llegando a un nivel de autoexigencia acorde con sus posibilidades y la naturaleza de la tarea.

  6. Utilizar los recursos expresivos del cuerpo y el movimiento, de forma estética y creativa, comunicando sensaciones, emociones e ideas.

  7. Participar en actividades físicas compartiendo proyectos, estableciendo relaciones de cooperación para alcanzar objetivos comunes, resolviendo mediante el diálogo los conflictos que pudieran surgir y evitando discriminaciones por características personales, de género, sociales y culturales.

  8. Conocer y valorar la diversidad de actividades físicas, lúdicas y deportivas como elementos culturales, mostrando una actitud crítica tanto desde la perspectiva de participante como de espectador.

    Además como se expresa en el Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria la Educación Física contribuirá al desarrollo de las siguientes competencias:

    El área de Educación física contribuye esencialmente al desarrollo de la competencia en el conocimiento y la interacción con el mundo físico, mediante la percepción e interacción apropiada del propio cuerpo, en movimiento o en reposo, en un espacio determinado mejorando sus posibilidades motrices. Se contribuye también mediante el conocimiento, la práctica y la valoración de la actividad física como elemento indispensable para preservar la salud. Esta área es clave para que niños y niñas adquieran hábitos saludables y de mejora y mantenimiento de la condición física que les acompañen durante la escolaridad y lo que es más importante, a lo largo de la vida.

    En la sociedad actual que progresa hacia la optimización del esfuerzo intelectual y físico, se hace imprescindible la práctica de la actividad física, pero sobre todo su aprendizaje y valoración como medio de equilibrio psicofísico, como factor de prevención de riesgos derivados del sedentarismo y, también, como alternativa de ocupación del tiempo de ocio.

    Asimismo el área contribuye de forma esencial al desarrollo de la competencia social y ciudadana. Las características de la Educación física, sobre todo las relativas al entorno en el que se desarrolla y a la dinámica de las clases, la hacen propicia para la educación de habilidades sociales, cuando la intervención educativa incide en este aspecto. Las actividades físicas y en especial las que se realizan colectivamente son un medio eficaz para facilitar la relación, la integración y el respeto, a la vez que contribuyen al desarrollo de la cooperación y la solidaridad.

    La educación física ayuda a aprender a convivir, fundamentalmente en lo que se refiere a la elaboración y aceptación de reglas para el funcionamiento colectivo, desde el respeto a la autonomía personal, la participación y la valoración de la diversidad. Las actividades dirigidas a la adquisición de las habilidades motrices requieren la capacidad de asumir las diferencias así como las posibilidades y limitaciones propias y ajenas. El cumplimiento de las normas que rigen los juegos colabora en la aceptación de códigos de conducta para la convivencia. Las actividades físicas competitivas pueden generar conflictos en los que es necesaria la negociación, basada en el diálogo, como medio para su resolución. Finalmente, cabe destacar que se contribuye a conocer la riqueza cultural, mediante la práctica de diferentes juegos y danzas.

    Esta área contribuye en alguna medida a la adquisición de la competencia cultural y artística. A la expresión de ideas o sentimientos de forma creativa contribuye mediante la exploración y utilización de las posibilidades y recursos del cuerpo y del movimiento. A la apreciación y comprensión del hecho cultural, y a la valoración de su diversidad, lo hace mediante el reconocimiento y la apreciación de las manifestaciones culturales específicas de la motricidad humana, tales como los deportes, los juegos tradicionales, las actividades expresivas o la danza y su consideración como patrimonio de los pueblos.

    En otro sentido, el área favorece un acercamiento al fenómeno deportivo como espectáculo mediante el análisis y la reflexión crítica ante la violencia en el deporte u otras situaciones contrarias a la dignidad humana que en él se producen.

    La Educación física ayuda a la consecución de la Autonomía e iniciativa personal en la medida en que emplaza al alumnado a tomar decisiones con progresiva autonomía en situaciones en las que debe manifestar autosuperación, perseverancia y actitud positiva, También lo hace, si se le da protagonismo al alumnado en aspectos de organización individual y colectiva de las actividades físicas, deportivas y expresivas.

    El área contribuye a la competencia de aprender a aprender mediante el conocimiento de sí mismo y de las propias posibilidades y carencias como punto de partida del aprendizaje motor desarrollando un repertorio variado que facilite su transferencia a tareas motrices más complejas.

    Ello permite el establecimiento de metas alcanzables cuya consecución genera autoconfianza. Al mismo tiempo, los proyectos comunes en actividades físicas colectivas facilitan la adquisición de recursos de cooperación.

    Por otro lado, esta área colabora, desde edades tempranas, a la valoración crítica de los mensajes y estereotipos referidos al cuerpo, procedentes de los medios de información y comunicación, que pueden dañar la propia imagen corporal. Desde esta perspectiva se contribuye en cierta medida a la competencia sobre el tratamiento de la información y la competencia digital.

    El área también contribuye, como el resto de los aprendizajes, a la adquisición de la competencia en comunicación lingüística, ofreciendo gran variedad de intercambios comunicativos, del uso de las normas que los rigen y del vocabulario específico que el área aporta.

    De acuerdo con el Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria los bloques de contenidos de Educación Física son cinco, y aplicables también como se indica en el Decreto 230 y la Orden al sistema educativo andaluz:

    La estructuración de los contenidos refleja cada uno de los ejes que dan sentido a la Educación física en la enseñanza primaria: el desarrollo de las capacidades cognitivas, físicas, emocionales y relacionales vinculadas a la motricidad; la adquisición de formas sociales y culturales de la motricidad; y la educación en valores y la educación para la salud. Desde este planteamiento, el área se ha estructurado en cinco bloques. El desarrollo de las capacidades vinculadas a la motricidad, se aborda prioritariamente en los tres primeros bloques, los bloques tercero y quinto se relacionan más directamente con la adquisición de formas culturales de la motricidad, mientras que la educación para la salud y la educación en valores tienen gran afinidad con los bloques cuarto y quinto, respectivamente.

  • El bloque 1, El cuerpo imagen y percepción corresponde a los contenidos que permiten el desarrollo de las capacidades perceptivo-motrices. Está especialmente dirigido a adquirir un conocimiento y un control del propio cuerpo que resulta determinante tanto para el desarrollo de la propia imagen corporal como para la adquisición de posteriores aprendizajes motores.

  • En el bloque 2, Habilidades motrices reúne aquellos contenidos que permiten al alumnado moverse con eficacia. Se verán implicadas por tanto adquisiciones relativas al dominio y control motor. Destacan los contenidos que facilitan la toma de decisiones para la adaptación del movimiento a nuevas situaciones.

  • En el bloque 3, Actividades físicas artístico-expresivas se hallan incorporados los contenidos dirigidos a fomentar la expresividad a través del cuerpo y el movimiento. La comunicación a través del lenguaje corporal se ha tenido también en cuenta en este bloque.

  • El bloque 4, Actividad física y salud está constituido por aquellos conocimientos necesarios para que la actividad física resulte saludable. Además, se incorporan contenidos para la adquisición de hábitos de actividad física a lo largo de la vida, como fuente de bienestar. La inclusión de un bloque que reúne los contenidos relativos a la salud corporal desde la perspectiva de la actividad física pretende enfatizar la necesaria adquisición de unos aprendizajes que obviamente se incluyen transversalmente en todos los bloques.

  • Finalmente, el bloque 5, Juegos y actividades deportivas, presenta contenidos relativos al juego y a las actividades deportivas entendidos como manifestaciones culturales de la motricidad humana.

    Independientemente de que el juego pueda ser utilizado como estrategia metodológica, también se hace necesaria su consideración como contenido por su valor antropológico y cultural. Por otro lado, la importancia que, en este tipo de contenidos, adquieren los aspectos de relación interpersonal hace destacable aquí la propuesta de actitudes dirigidas hacia la solidaridad, la cooperación y el respeto a las demás personas.

    En relación con la evaluación y atendiendo nuevamente al Real Decreto 1513 Criterios evaluación, estos se expresan de manera concreta por bloque de contenidos y ciclo educativo.

5.     Conclusiones

    Hasta el siglo XIX, no empiezan a sentarse las bases de la educación española. A partir de finales de ese siglo, la Educación Física comienza a ser considerada en el Sistema Educativo español. Durante el siglo XX la Educación Física se introduce con más o menos interés en todos los niveles de enseñanza, lo que se consigue de manera definitiva a finales de siglo, gracias a la LOGSE y a las demandas y aceptación sociales de que goza (Zagalaz, 2001). La LOE, en lo que se refiere a la Educación Física sigue siendo continuista y en cierto modo regresiva ya que reduce el número de horas dedicadas a la Educación Física.

Bibliografía

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  • ORDEN DE 10 DE AGOSTO DE 2007, Por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la educación primaria en Andalucía. Boletín número 166 de 23/08/2007.

  • REAL DECRETO 1513/2006, DE 7 DE DICIEMBRE, Por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la educación primaria. BOE núm. 293 Viernes 8 Diciembre 2006.

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revista digital · Año 13 · N° 129 | Buenos Aires, Febrero de 2009  
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